Ampliaciones de capital gratuitas, ¿buenas o malas para el accionista? Parte II (ejemplo numérico)

Partiremos de una empresa que hace un año tenía 10.000 acciones y un patrimonio neto de 1.000.000 euros, y de un accionista que tiene 20 acciones compradas a 100 euros. Supondremos que el precio de la acción es igual a su valor contable. En tal caso, el precio será igual al patrimonio neto dividido por el número de acciones, o sea 100 euros.

Opción 1: dividendo

Al cabo de un año, la empresa gana 150.000 euros netos y decide repartir el 40% de ese beneficio como dividendos, o sea 60.000 euros. A cada acción le corresponderán 6 euros (60.000 euros dividido por 10.000 acciones). Como el accionista compró las acciones a 100 euros, tendrá un rendimiento por dividendo del 6%.

El precio de las acciones será el nuevo patrimonio neto dividido por el número de acciones. Como los beneficios no distribuidos son de 90.000 euros (los beneficios netos menos los dividendos pagados), el nuevo patrimonio neto será de 1.090.000 euros. Por tanto, el valor contable será de 109 euros. Como hemos supuesto que el precio es igual al valor contable, la plusvalía obtenida por el accionista será del 9%.

La rentabilidad es la suma de la plusvalía y del rendimiento: un 15% en este caso.

Opción 2: suscribir nuevas acciones

Imaginemos que la sociedad no quiere pagar dividendos y en vez de eso hace una ampliación liberada en la proporción de 1 acción nueva por cada 20 antiguas.

La ampliación hará bajar el precio de las acciones que ya están en circulación porque los dividendos futuros se tendrán que repartir entre un número mayor de títulos.

Primero tenemos que tomar como referencia el precio que habría sin la ampliación. Puesto que la sociedad no paga dividendos, su nuevo patrimonio neto será de 1.150.000 euros, es decir, destina todo el beneficio a recursos propios. El valor contable y el precio serían de 115 euros. Pero al hacer la ampliación crea una acción nueva por cada 20 antiguas, o sea 500 acciones en total. Por tanto, el nuevo precio será de 1.150.000 dividido por 10.500 acciones, que es 109,52 euros.

En realidad, cuando hay una ampliación el nuevo precio no se calcula así porque el precio de las acciones no suele coincidir con su valor contable. Lo que se hace es aplicar una sencilla fórmula: «Antes = Después». Es decir, la ampliación no hace milagros, de modo que un accionista que acuda a la ampliación tendrá la misma cantidad de dinero antes que después de suscribir las nuevas acciones.

Antes de la ampliación, un accionista con 20 acciones tenía 20 x 115 = 2.300 euros. Después tendrá 21 acciones pero este conjunto de acciones seguirá valiendo 2.300 euros. Esto significa que cada acción valdrá 2.300 / 21 = 109,52 euros. Como se puede ver, el mismo resultado obtenido al calcular el valor contable. En la práctica, las acciones suelen cotizar por encima del valor contable, por ejemplo 1,5 veces por encima. En tal caso, el precio sería de 1,5 x 109,52 euros. La lógica es la misma, solo cambia la proporción.

El accionista compró esas 20 acciones hace un año a 100 euros. Así, la inversión inicial fue de 2.000 euros. Ahora tiene 2.300 euros, por lo que su ganancia de capital o plusvalía es del 15%. Como en este caso no hay pago en efectivo, el rendimiento es cero. Por tanto, la rentabilidad coincide con la plusvalía. El mismo resultado que en el caso de cobrar el dividendo.

Opción 3: vender los derechos de suscripción

El accionista que no quiere suscribir nuevas acciones, puede vender los derechos de suscripción. En una ampliación, cada acción antigua genera un derecho de suscripción. Un accionista con 20 acciones tendrá 20 derechos.

Esos derechos tienen un valor teórico, que es la diferencia entre el precio que había antes de la ampliación (115 euros) y el nuevo precio (109,52 euros), o sea 5,48 euros. Por definición, el valor del derecho equivale a la pérdida de valor de la acción, lo que se denomina efecto dilución. Es una manera de compensar al accionista por la depreciación de sus acciones como consecuencia de la creación de los nuevos títulos.

El accionista continuará teniendo 20 acciones pero a un precio de 109,52 euros, lo que hace un total de 2.190,5 euros. Al haber comprado esas acciones a 100 euros, tendrá una plusvalía del 9,52%. Pero al ingresar 5,48 euros por cada derecho, percibirá una renta total de 20 x 5,48 = 109,52 euros. Así, el rendimiento generado por la venta de derechos será igual a 109,52 / 2.000 = 5,48%. La suma de ambos conceptos vuelve a dar un 15%, la misma rentabilidad que en los casos anteriores.

Por tanto, la rentabilidad bruta de las tres opciones es la misma. En las opciones de dividendo flexible, las empresas compran los derechos a un precio fijo, que es el valor teórico. Pero si esos derechos se venden en el mercado, el precio puede situarse por encima o por debajo del valor teórico. En tal caso, al rentabilidad será mayor o menor al 15%. Por otro lado, hay que tener en cuenta los aspectos fiscales que ya comenté en el artículo anterior (Ampliaciones de capital gratuitas, ¿buenas o malas para el accionista?)

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