Repsol inició una ampliación de capital liberada el 16 de junio de 2020 con objeto de pagar el dividendo complementario de 2019, en virtud del programa “Repsol Dividendo Flexible“. La operación estará vigente hasta el 6 de julio. Entre ambas fechas los accionistas de la petrolera podrán suscribir de forma gratuita, si lo desean, una acción nueva por cada 18 títulos que posean actualmente. En tal caso, se trata de una retribución en especie y no está sujeta a retención fiscal.
Alternativamente, los accionistas pueden optar por vender sus derechos de suscripción en bolsa, también llamados derechos de asignación gratuita porque son recibidos de forma gratuita por el hecho de ser titular de acciones de Repsol. Se tienen tantos derechos como acciones.
La tercera opción es vender directamente los derechos a Repsol, que se compromete a pagar 0,492 € por cada uno de ellos. En la práctica, equivale a un dividendo en efectivo. Sin embargo, hay que recordar que esta opción solo está disponible para los derechos asignados de forma gratuita, no para aquellos que hayan sido adquiridos en bolsa.
Repsol informa de que la ampliación es a cargo de las reservas por prima de emisión. Estos días hemos visto que los dividendos a cargo de las reservas por prima de emisión no tienen retención fiscal, como los descontados por Merlin Properties y Cellnex. Sin embargo, en el caso de la presente operación de Respol, tanto la venta de derechos de suscripción en bolsa como el dividendo en efectivo (o venta de derechos directamente a la empresal) sí están sujetos a retención fiscal.
El accionista que quiera recibir el pago en efectivo, debe comunicarlo a su intermediario bursátil no más tarde del 30 de junio, a menos que haya dado instrucciones previas sobre su preferencia en este tipo de operaciones.
El dividendo se descontó del precio de la acción el 16 de junio pero la fecha de pago es el 8 de julio.
¿Qué ocurre si un accionista de Repsol vende sus acciones antes del 8 de julio sin haber suscrito acciones nuevas ni vendido sus derechos en bolsa? Si lo ha solicitado, recibirá igualmente su dividendo, ya que a efectos de la ampliación lo relevante es si era titular de acciones de Repsol el día antes al inicio de la misma. O sea, cualquier accionista que lo fuera hasta el día 15 de junio de 2020 inclusive.