El Indice de Calidad del Beneficio (ICB) mide la proporción del beneficio neto atribuido declarado por las sociedades cotizadas en el IBEX-35 que puede considerarse recurrente.
Un índice de 95,1, por ejemplo, significa que el 95,1% del beneficio neto atribuido puede considerarse recurrente o que proviene de la actividad típica de la entidad.
En la tabla se compara el beneficio neto del ejercicio 2015 con el beneficio neto que habría obtenido cada entidad sin tener en cuenta resultados extraordinarios, como plusvalías obtenidas con la venta de activos fijos o financieros, ni partidas atípicas como los “trabajos realizados por la empresa para su activo“, las subvenciones o las variaciones de valor de instrumentos financieros.
El ICB puede usarse como complemento del ratio PER (relación precio-beneficio). Por ejemplo, supongamos que la empresa A y la B tienen un PER de 10 pero en el caso de la empresa A la mitad de los beneficios son extraordinarios (no repetibles el año que viene) mientras que todo el beneficio de la B es de origen operativo. Se podría decir que la empresa A está el doble de cara que la B, aunque habría que tener en cuenta la aportación de los extraordinarios al patrimonio neto de la A y la posibilidad de que esta utilice esos beneficios para expandirse y mejorar sus expectativas de crecimiento.
Para una explicación detallada sobre la metodología de cálculo del ICB ver Indice de Calidad del Beneficio.