Las tres opciones para cobrar el dividendo de Repsol

logo repsol 2El 16 de junio se puso en marcha el nuevo programa de dividendo flexible de Repsol, que ofrece a los accionistas tres opciones para cobrar el dividendo complementario correspondiente al ejercicio 2015.

La compañía ya ofreció el pago del dividendo a cuenta mediante la misma modalidad entre finales de diciembre y principios de enero. El importe pagado entonces fue de 0,466 € mientras que los accionistas que opten por cobrar el dividendo complementario en efectivo podrán ingresar 0,292 €, de forma que el dividendo total repartido a cargo del ejercicio 2015 es de 0,758 €.

Primera opción: suscribir acciones nuevas

La primera de las opciones es cobrar el dividendo en especie, es decir, con nuevas acciones. En tal caso, por cada 39 acciones de que se sea titular, se tiene derecho a recibir una acción gratuita. Si el número de acciones que tenemos no es un múltiplo de 39, nuestro intermediario venderá en el mercado los derechos correspondientes y nos abonará una pequeña cantidad en efectivo. Por ejemplo, si tenemos 400 acciones, tendremos 400 derechos de asignación gratuita. Con 390 de esos derechos podremos podremos suscribir 10 acciones nuevas sin coste alguno y nos sobrarán 10 derechos que nuestro intermediario venderá en bolsa.

Segunda opción: vender los derechos

La segunda opción es vender en el mercado los derechos de asignación gratuita que nos corresponden. Siguiendo con el ejemplo anterior, venderíamos los 400 derechos. La cantidad ingresada dependerá de la cotización del derecho, que fluctúa a lo largo de toda la sesión bursátil, al igual que las acciones. El valor teórico del derecho es de 0,292 €, de modo que si el derecho cotiza en bolsa por encima de ese valor, ingresaremos más dinero del que “en teoría“ nos correspondía. Los derechos pueden negociarse hasta el día 1 de julio.

Tercera opción: solicitar el pago en efectivo

Si no queremos suscribir nuevas acciones y queremos evitar las fluctuaciones del precio de los derechos de suscripción, podemos indicar a nuestro intermediario que queremos cobrar el dividendo en efectivo. En tal caso, hay que solicitarlo no más tarde del 24 de junio. Lo que haremos en la práctica es vender a Repsol nuestros derechos a un precio fijo de 0,292 €. Si tenemos 400 acciones, podremos vender 400 derechos a ese precio, por lo que ingresaremos 116,80 €, comisiones aparte. Si los derechos cotizan por debajo de ese precio (en el momento de redactar estas líneas, cotizan a 0,278 €), entonces nos conviene vender los derechos a Repsol, que asume el compromiso de comprarlos al precio de 0,292 €. En cambio, si cotizan por encima, nos conviene más venderlos en el mercado.

El pago en efectivo, en caso de haberlo solicitado, tendrá lugar el día 6 de julio.

En realidad, tenemos más opciones, ya que podemos decidir vender una parte de los derechos, o solicitar el pago del dividendo en efectivo, y utilizar el resto para suscribir nuevas acciones. Otra opción es especular con los derechos, ya que pueden experimentar fluctuaciones significativas durante el período de negociación, aunque hay que contar con un capital elevado para que valga la pena correr el riesgo.

Por qué el valor del derecho es de 0,292 €

El valor teórico o de referencia del derecho de suscripción se determina a partir de una sencilla ecuación diseñada para que el accionista no salga perdiendo como consecuencia del incremento del número de acciones que supone toda ampliación de capital, lo cual implica que los beneficios futuros tendrán que repartirse entre un número mayor de títulos.

A un lado de la ecuación, ponemos el número de títulos necesarios para suscribir una acción nueva y lo multiplicamos por el precio del día anterior al de la ampliación o por un precio de referencia. En la presente ampliación, Repsol ha determinado como precio de referencia la cotización media de la acción entre los días 6 y 10 de junio de 2016, que fue de 11,693 €. Así, se considera que antes de la ampliación esas 39 acciones valían 39 x 11,693 € = 456,027 €.

Después de la ampliación, tendremos 40 acciones, pues habremos suscrito una acción nueva con las 39 que teníamos. ¿A qué precio? El que resulte de la ecuación que establezca que lo que teníamos antes debe ser igual a lo que tendremos después, o sea:

39 x 11,693 € = 40 x Nuevo Precio

De donde se obtiene que Nuevo Precio = 11,400675.

El Nuevo Precio es inferior al precio de referencia debido al efecto dilución de la ampliación. Es decir, después de la ampliación las acciones valen menos porque los beneficios se tendrán que repartir entre un mayor número de ellas. La diferencia entre el precio de antes de la ampliación y el de después es el valor teórico del derecho de suscripción, que en este caso da un valor de 0,292 €.

El día antes de la ampliación, el 15 de junio, las acciones de Repsol cerraron a 10,975 €, por lo que el accionista ha salido ganando con el precio de referencia establecido por Repsol (11,693 €). Si se hubiera tomado como referencia el precio de cierre del 15 de junio, el valor teórico, así como el precio que Repsol hubiera pagado en efectivo por los derechos, habría sido de 0,274 €.

Las nuevas acciones empiezan a cotizar el día 18 de julio

El día 24 de junio acaba el plazo para solicitar el pago en efectivo, el 1 de julio es el último día para negociar los derechos de suscripción y se prevé que el 18 de julio se puedan negociar las nuevas acciones.

 

 

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s